Auditoría contable: cuándo es obligatoria

Al finalizar un ejercicio, las empresas tienen que revisar si se encuentran o no con la obligación de realizar una auditoria contable por ciertas características de la sociedad. Te explicamos las diferentes circunstancias en las que es obligatorio auditar las cuentas anuales para una empresa, fundación o asociación, según el artículo 263 del Real Decreto Legislativo 1/2010, del 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.

En primer lugar, tendrán que auditar sus cuentas anuales las empresas que complan durante dos ejercicios consecutivos dos de estos tres requisitos:

  • Tener una cifra de negocios de más de 5,7 millones de euros

  • Tener un total de activos de más de 2,8 millones de euros

  • Que la media de trabajadores durante el ejercicio haya sido de más de 50 personas.

Auditoria_contable_cuando_es_obligatoria

Existen otros supuestos por los que se obliga a una empresa a realizar una auditoría de las cuentas anuales:

  • Si los socios lo solicitan, siempre que éstos representen como mínimo el 5% del capital social.

  • Cuando se tengan que presentar cuentas consolidadas

  • Si durante un ejercicio recibe subvenciones o ayudas con cargo a los presupuestos de las administraciones públicas o a fondos de la Unión Europea que suman más de 600.000 euros.

  • Al recibir una subvención concedida por una entidad, ya sea pública o privada, que regule en sus bases la obligatoriedad de auditoría de la misma.

  • Cuando durante un ejercicio se haya realizado obras, gestión de servicios públicos, suministros, consultoría y asistencia y servicios a las administraciones públicas por más de 600.000 € en total, y este importe represente más de la mitad del importe del volumen anual de ingresos por la actividad, más, en su caso, la cifra de negocios de su actividad mercantil. En este caso, deberán realizar una auditoría contable del ejercicio en cuestión y del siguiente.

  • Cuando sus títulos cotizan en alguna de las Bolsas Oficiales de Comercio, que emita obligaciones en oferta pública o bien que se dedique de forma habitual a la intermediación financiera.

 

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